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martes, 20 de septiembre de 2016


CALENDARIO ESCOLAR 16/17




Según la Resolución de 30 de mayo de 2016 de la Delegación Territorial de Educación de Sevilla por la que se dictan las normas que han de regir el calendario escolar para el curso 2016/2017 en todos los centros docentes, a excepción de los universitarios.



De conformidad con la normativa reguladora del calendario escolar, aprobado por el Decreto 301/2009 de 14 de julio, consultado el Consejo Escolar Provincial, esta Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Sevilla ha resuelto dictar las normas por las que ha de regirse el calendario escolar para el curso 2016/2017 en todos los centros docentes, a excepción de los universitarios.


I.- Normas de carácter general.


4. En el segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial se tendrá en cuenta lo siguiente:


a) El régimen ordinario de clases lectivas habrá de comenzar el día 12 de septiembre de 2016 en segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial, englobando 178 días lectivos y 890 horas de docencia directa.

b) El primer día de clase podrá dedicarse por parte de los centros a la recepción del alumnado. En este día podrá establecerse flexibilidad en el horario para facilitar dicha tarea.

c) En el segundo ciclo de Educación Infantil, a fin de facilitar la adaptación del alumnado que asista a clase por primera vez y que presente dificultades para su integración en el ámbito escolar, los Consejos Escolares de los centros docentes sostenidos con fondos públicos podrán establecer al principio del curso escolar un horario flexible.

Esta medida, que en ningún caso se adoptará con carácter general para todo el alumnado, contemplará el tiempo de permanencia de los niños y niñas en el centro docente que de manera gradual y progresiva será cada día más amplio. En todo caso, una vez transcurridas dos semanas desde el comienzo del curso, el horario de la totalidad del alumnado deberá ser el establecido con carácter general para este nivel educativo. Corresponde al profesorado que ejerza la tutoría apreciar la conveniencia de aplicar la flexibilización horaria a un alumno o alumna y, en su caso, decidir la adopción de esta medida, de común acuerdo con los padres, madres o personas que ejerzan la tutela.

d) La finalización del régimen ordinario de clase será el día 23 de junio de 2017.


II.- Periodos vacacionales y festivos.



9. De Navidad. El periodo no lectivo de Navidad estará comprendido entre los días 24 de diciembre de 2016 y 6 de enero de 2017, ambos inclusive.

10. De Semana Santa. El periodo no lectivo de Semana Santa comprende desde el día 9 de abril al 16 de abril de 2017, ambos inclusive.

11. Días festivos. Son días festivos, además de los domingos, los siguientes días ajustados a los calendarios de fiestas laborales para Andalucía 2016 y 2017, según el Decreto 99/2014, de 10 de junio y el Decreto 114/2015, de 24 de marzo, respectivamente.

  • 12 de octubre de 2016 (miércoles)
  • 31 de octubre de 2016 (lunes)
  • 1 de noviembre (martes)
  • 6 de diciembre de 2016 (martes)
  • 8 de diciembre de 2016 (jueves)
  • 27 de febrero de 2017 (lunes)
  • 28 de febrero de 2017 (martes)
  • 13 de abril de 2017 (jueves)
  • 14 de abril de 2017 (viernes)
  • 1 de mayo de 2017 (lunes)


12. Independientemente de los anteriores son días no lectivos los coincidentes con las fiestas locales establecidas por la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo hasta un máximo de dos días.

  • 21 de septiembre (San Mateo).
  •  (Feria de Alcalá).


13. Según establece la normativa reguladora del calendario escolar en los centros docentes, las Delegaciones Territoriales podrán hacer coincidir la celebración del día de la Comunidad Educativa para todos los niveles. Dicho día queda determinado para la provincia de Sevilla el 27 de febrero de 2017.



14. De acuerdo con el artículo 11.6 del Decreto 301/2009, los Consejos Escolares Municipales acordarán el uso de dos días de libre disposición y propondrán los mismos a esta Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte, en el primer trimestre, y en cualquier caso, con una antelación mínima de 15 días para su aprobación y será expuesta en el tablón de anuncios para conocimiento general de la comunidad educativa.

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